Superintendencia de Medio Ambiente formula cargos contra planta del Terminal Portuario Coquimbo

Tras constatar diversas excedencias de los límites establecidos en la normativa de ruido, durante las faenas de construcción del proyecto de Modernización del Puerto de Coquimbo.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio contra el Terminal Puerto de Coquimbo, titular del proyecto “Modernización del Puerto de Coquimbo” – evaluado ambientalmente a través de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N°71/2020-, luego de constatar infracciones a las medidas de control de ruidos establecidas en dicha RCA, junto con excedencias de los límites establecidos en la normativa de ruido establecida en el D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, durante las faenas de construcción.

Este proyecto consiste en la operación de un terminal portuario en Coquimbo, el cual cuenta con dos sitios de atraque y que, a partir de la RCA respectiva, propone incorporar otros dos adicionales.

Al respecto, Gonzalo Parot, jefe de la Oficina Regional SMA de Coquimbo explica que “la formulación de cargos se sustenta en una investigación que tuvo como punto de partida varias denuncias relacionadas a la emisión de ruidos, principalmente por las faenas de hincado de pilotes y otras actividades ruidosas en el Terminal Portuario Coquimbo, que están afectando la calidad de vida de las personas que viven colindantes a este proyecto, antecedentes que dieron origen a una fiscalización en terreno donde se constataron múltiples hallazgos ambientales en la unidad fiscalizable Modernización del Puerto de Coquimbo”.

Tras un análisis de los antecedentes levantados, la Superintendencia del Medio Ambiente formuló cargos en razón de incumplimientos de la RCA N° 71/2020, además de excedencias de la norma de emisión de ruidos. Así, el primer cargo se formuló por una deficiente implementación de las medidas de control de ruidos, en cuanto a que no se implementó la barrera acústica de tres caras ni el semi-encierro flexible comprometido para el hincado de pilotes inclinados; la barrera acústica perimetral fija se instaló en locación distinta a la comprometida y de forma discontinua; y porque no se implementaron las barreras acústicas locales móviles en las actividades y maquinaria señalada en la evaluación ambiental.

Además, se formuló un segundo cargo, por exceder los límites de emisión de ruido durante horario diurno, en las condiciones y receptores sensibles que se indican en la Tabla N°2 detallada en la resolución respectiva.

Ambas infracciones fueron clasificadas como graves, por lo que el titular puede ser objeto de la revocación de su RCA, clausura, o multa de hasta 5.000 UTA. En razón de lo anterior, la empresa Terminal Portuario Coquimbo S.A. arriesga una sanción de hasta 10.000 UTA, equivalente a más $7.591 millones de pesos.

Tras la formulación de cargos, la empresa tiene 15 días para presentar sus descargos, o bien, 10 días para presentar un Programa de Cumplimiento ante la SMA.